Hemeroteca :: 15/02/2010
42/83
Legal y Fiscal
Este año, el sector vitivinícola experimentará cambios importantes.
Última actualización 23/02/2010@03:00:02 GMT+1
Éste va a ser un año de cambios importantes para el mercado vitivinícola europeo. Durante 2010 está prevista la entrada en vigor de varias novedades fiscales que afectan de forma directa al sector.
Las dos más importantes serán la nueva nomenclatura combinada para la comercialización (NC), que está en marcha desde el pasado 1 de enero, y el nuevo Sistema de Control de Movimientos de Impuestos Especiales (EMCS), que entrará en vigor a partir del 1 de abril.

La NC comprende la nomenclatura arancelaria y estadística y el arancel aduanero común, que afecta a las mercancías. Se pretende así cumplir con los requisitos de las políticas comunitarias en materia de importación y exportación, y con la nueva clasificación de las categorías de vinos introducida en la nueva OCM, vigente desde el pasado 1 de agosto. Se introducen de esta forma nuevos códigos, para dar entrada a la nueva categorización DOP, IGP y vino (antiguo vino de mesa).

Se contempla, asimismo, el establecimiento de códigos distintos para los vinos tranquilos producidos dentro y fuera del territorio comunitario, lo que permitirá conocer su trazabilidad. Además, entre otros cambios, se fusionan las categorías de vinos con graduación hasta 13% vol. y los vinos entre 13% y 15% vol., y se mantienen las líneas regionales de las DOP existentes.

Informatización
En cuanto al EMCS, se trata del procedimiento informático que sustituirá a la actual Documentación de Acompañamiento Administrativo (DAA), en papel, por la e-DAA, en soporte electrónico.

La finalidad de esta modificación es reducir los tiempos de gestión de las operaciones de movimiento de mercancías sujetas a impuestos especiales, cuando circulen dentro de la UE en régimen suspensivo, mediante una simplificación de trámites.

A partir del 1 de abril esta normativa será obligatoria para las recepciones, aunque no para los envíos, en cuyo caso será voluntaria.

Será a partir del 1 de enero de 2011 cuando el sistema entre en vigor de forma plena, para todos los movimientos intracomunitarios de envío y recepción.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?   Si (2)   No(0)
42/83
Comparte esta noticia  

Foro(s) asociado(s) a esta noticia:

  • Entran en vigor importantes novedades fiscales para el sector vitivinícola europeo

    Últimos comentarios de los lectores (1)

    273 | Nedko Nedev - 11/03/2010 @ 12:08:00 (GMT+1)
    No es exactamente así. A partir del 1 de abril la normativa será obligatoria para los importadores siempre y cuando el expedidor haya usado el EMCS. Si el expedidor sigue enviando el DAA en papel entonces el importador tramitará el ejemplar 3 (en papel). A partir del 1 de enero de 2011 es cuando los exportadores tendrán que usar obligatoriamente el EMCS, y también será obligatorio su uso para los importadores de bebidas alcoholicas procedentes de la UE.
    ==============================================
    A partir del 1 de abril de 2010, y hasta el 1 de enero de 2011, todos los operadores que reciban productos sujetos a Impuestos Especiales en régimen suspensivo de otros Estados Miembros de la UE vía EMCS deberán cumplimentar y enviar por vía electrónica EMCS la notificación de recepción al expedidor, a través de la AEAT.
    Sabrán que los productos recibidos están incluidos en el sistema EMCS porque la expedición llegará acompañada de un número de referencia llamado ARC, que figurará en alguno de los documentos comerciales que acompañan la expedición y, tal vez, de una copia impresa del documento electrónico de acompañamiento, pero no por el documento administrativo de acompañamiento firmado y sellado por el expedidor que habían venido recibiendo hasta ese momento.
    Si, entre el 1 de abril de 2010 y el 1 de enero de 2011, la expedición llega acompañada por el documento administrativo de acompañamiento en papel que venía siendo habitual, no hay cambios para tramitar el ejemplar 3 .
    En principio, a partir del 1 de enero del 2011 todas las expediciones de este tipo que se reciban serán EMCS, por lo que los receptores deberán cumplimentar por vía electrónica y enviar a la AEAT todas las notificaciones de recepción.
  • Comenta esta noticia



    Normas de uso
    • Esta es la opinión de los internautas, no de Mercados del Vino y la Distribución
    • No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
    • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
    • Su dirección de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.